ESG: inversiones con conciencia social y ambiental

11 de mayo, 2022

Los criterios ambientales, sociales y gubernamentales (ESG) son «un conjunto de estándares para las operaciones de una empresa que los inversores con conciencia social utilizan para seleccionar posibles inversiones. Los criterios ambientales tienen en cuenta el desempeño de una empresa como guardiana de la naturaleza. Los criterios sociales examinan la forma en que la empresa gestiona las relaciones con los empleados, los proveedores, los clientes y las comunidades en las que opera. La gobernanza se ocupa de la gestión corporativa, la compensación de los ejecutivos, las auditorías, los controles internos y los derechos de los accionistas».

Sofia Sielfeld O.

En el contexto internacional actual, las preocupaciones sociales y ambientales han aumentado considerablemente, especialmente en vista de los fuertes cambios globales que se han producido en las últimas dos décadas. En este contexto, la comunidad internacional ha buscado proponer soluciones económicamente viables que alienten a los gobiernos, así como a las entidades públicas y privadas, a realizar los cambios necesarios para producir un impacto positivo en estos temas.

Así, desde principios de la década de 2000, comenzó a surgir la idea de los criterios ESG y, en 2005, las Naciones Unidas, en el marco de la Iniciativa Financiera del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP FI), encargaron la preparación de un informe sobre la aplicabilidad de los criterios ESG con respecto a los inversores, cuya conclusión fue que estos criterios no solo eran totalmente aplicables e incorporables a las sociedades de inversión, sino que también podían considerarse parte de sus obligaciones fiduciarias.

En 2019, la Unión Europea aprobó el Reglamento sobre la divulgación de información relacionada con la sostenibilidad en el sector de servicios financieros (SFDR, Reg. UE (2019/2088), que entró en vigor en marzo de 2021 y permitió una mayor certeza en cuanto al nivel de implementación de los criterios ESG en las inversiones. En cuanto a dichos niveles, hay tres posibles clasificaciones según el artículo al que pertenecen: «sin objetivos de sostenibilidad» (artículo 6), «promueve iniciativas sociales y ambientales junto con los objetivos de rendimiento tradicionales» (artículo 8) y «con objetivos de sostenibilidad explícitos» (artículo 9).

Esto es particularmente relevante si se tiene en cuenta el denominado inversiones responsables o sostenibles y el inversiones de impacto buscado por diferentes inversores. Los primeros son vehículos de inversión que incluyen ciertas consideraciones sociales y ambientales en su cartera, pero que no limitan sus inversiones de acuerdo con estos criterios, es decir, siguiendo el artículo 8. Mientras que estos últimos comprenden aquellas inversiones en empresas, organizaciones y fondos que buscan lograr un beneficio social o ambiental mensurable para la comunidad, al tiempo que obtienen un rendimiento financiero para el inversor, es decir, que se clasifican de acuerdo con el artículo 9. En ambos casos, las herramientas que se utilizan para medir si realmente existe tal consideración social o ambiental son los criterios ESG.

Al unirse a esta tendencia creciente, cada vez más vehículos de inversión y gestores de activos buscan ampliar la implementación de los criterios antes mencionados. Por ejemplo, Morgan Stanley Investment Management, a través de su filial Calvert Research and Management (Calvert), busca actualmente mejorar la implementación de los criterios ESG de acuerdo con el artículo 9 del SFDR, mediante estrategias de inversión responsable basadas en la investigación, el análisis de datos y el compromiso directo con las empresas a fin de ofrecer resultados competitivos en todas las clases de activos, según ha explicado su equipo.

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